7 de octubre de 2016
Instituto Gestar

Paridad de género: piso, techo y algo más

Históricamente se fueron dando cambios socioculturales que modificaron los roles tradicionales de las mujeres en los diferentes ámbitos de la sociedad. La política no ha sido ajena a estos cambios. El peronismo, en tanto fuerza política interesada por la igualdad y la justicia, cambió el escenario permitiendo la participación política de las mujeres en igualdad de condiciones que los hombres.

Fue, en esencia, la figura de Eva Perón quien coloca a las mujeres en el centro de la escena pública por primera vez en nuestra historia. Aun así, habiendo transcurrido casi 70 años de la sanción de la ley n° 13.010, el sistema político y partidario no resultó ni resulta fácilmente permeable a la participación femenina.

En nuestro país, y en otros países de la región, comienza a extenderse la implementación de cuotas o cupos femeninos en las listas para cargos legislativos, recién durante la década del 90. La Argentina fue el primer país en poner en práctica la ley de cupos en el año 1991, permitiendo a partir de allí que muchas más mujeres accedieran como representantes del pueblo ante el poder legislativo. La Argentina se convertía, de esta manera, en el primer país en sancionar una ley que garantizara espacios reales de participación política.

Sin embargo, hoy sigue habiendo resistencias a la aplicación de esta ley. En la mayoría de los casos, los partidos políticos continúan siendo reticentes y los controles y sanciones no serían del todo suficientes. Lo que para entonces significó un avance en el acceso igualitario a los cargos electivos, 25 años después resulta ser un techo.

 

Ley de cupo de 1991

La ley n° 24.012, denominada Ley de cupo femenino, establece que “las listas que se presenten deberán tener mujeres en un mínimo del 30% de los candidatos a cargos a elegir y en proporciones con posibilidad de resultar electas. No será oficializada ninguna lista que no cumpla estos requisitos”.

La sanción de esta normativa significó el paso más importante en términos de legislación, luego de la extensión del sufragio, en términos del aumento de la participación de las mujeres en cargos parlamentarios.

En este sentido, las leyes de cuotas para el poder legislativo han resultado sumamente positivas, no solo lográndose una mayor representación cuantitativa (100más cantidad de mujeres en las bancas), sino también un efecto multiplicador al resto de los cargos ejecutivos. Podría decirse que la mayor cantidad de gobernadoras mujeres fue posible, entre otros factores, por la visibilidad que lograron luego de desempeñarse en otros cargos previamente.

No obstante, un informe publicado recientemente por CIPPEC sostiene que la regulación sobre la representación de las mujeres en la cámara de diputados vigente en nuestro país se encuentra rezagada respecto de otros países de la región (100Bolivia, Ecuador, Costa Rica, México, entre otros) y europeos (100Francia y España) que ya han introducido una regla de equidad en la representación legislativa (100paridad).  Incluso se encuentra atrasada respecto de algunas provincias argentinas que han adoptado el mismo criterio: Córdoba (1002000), Santiago del Estero (1002000)  y Río Negro (1002002).

En el contexto social y político actual, el cupo, a la vez que brinda mayor acceso y oportunidades, opera como un techo si se tiene en cuenta que la presencia de mujeres en las listas se mantiene en el mínimo indispensable fijado por la ley.

Hoy en el Congreso de la Nación se está debatiendo la paridad en el poder legislativo, -sin ir más lejos, el pasado 4 de octubre, la provincia de Buenos Aires la convirtió en Ley-. Uno de los argumentos principales señala, justamente, que la cuota del 30% de representación se ha convertido en un techo más que en un piso de participación. Los partidos políticos buscan cubrir el porcentaje reglamentario y en ningún caso las listas lo superan.

Actualmente, en la Argentina presidida por Macri, en la Corte Suprema hay una sola mujer de los cinco miembros; en los Ministerios y Secretarías, tres de veintiuno; en la provincia de Buenos Aires, seis intendentas de ciento treinta y cinco, y una ministra de diecinueve.

 

Los argumentos, 25 años después: mérito vs. género

Los discursos en contra del proyecto de reforma electoral que busca garantizar el 50% de cargos electivos del Congreso para las mujeres no distan tanto de aquellos que se pronunciaron en 1991.

Por entonces, los principales argumentos en contra eran aquellos que se fundamentaban en el paradigma liberal que defiende la neutralidad del Estado frente a cualquier tipo de regulación o intervención. Desde este punto de vista, mientras que no existan obstáculos legales, debe primar el mérito individual. La desigualdad no es algo que se le pueda reprochar al Estado, y establecer cuotas resultaría una distorsión “discriminatoria” para los hombres.

En el debate parlamentario actual, si bien la mayoría de los diputados de los diferentes partidos se mostró a favor del proyecto de ley, algunos, siguen sosteniendo que el mérito es lo que garantiza la participación política. Tal es el caso del diputado Alfredo Olmedo (100UNA), quien sostuvo que: “[…] en mi partido, que es la segunda fuerza de la provincia, se tiene en cuenta la capacidad y no el cupo. […] Cuando la mujer tiene capacidad yo la llevo en primer término”.

Otros diputados, como Pitrola (100Partido Obrero), sostuvieron argumentos ambiguos respecto de la ley de paridad, deslizando la hipótesis de que las grandes desigualdades sociales “no se arreglaron con cupos en las listas de diputados”.

Sin dudas, las barreras no son solo políticas. Sin embargo, establecer la paridad de género es un paso crucial para establecer un acceso igualitario a los cargos electivos, pero sobre todo para otorgar una verdadera posibilidad de ser elegido en igualdad de condiciones. En definitiva, la democracia trata de garantizar iguales derechos ciudadanos y políticos a todos.

© 2010 - 2024 Gestar. Todos los derechos reservados.