La reglamentación de la “Ley de democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral” constituye un hecho político de trascendencia, ya que termina de fijar las reglas de juego para las elecciones nacionales de agosto y octubre.
Dentro de las modificaciones más relevantes introducidas por la ley podemos citar: el endurecimientode los requisitos legales para formar y sostener la personería jurídica de los partidos; el establecimiento de las primarias abiertas simultáneas y obligatorias (100PASO); la fijación de un piso mínimo de votos en las primarias para la oficialización de candidaturas; el mayor control del financiamiento privado; la distribución pública de espacios de publicidad en medios audiovisuales y la imposibilidad de contratación de espacios de manera privada; la prohibición de candidaturas múltiples; la introducción de colores y fotos en las boletas; entre otras.
Estas modificaciones impactan necesariamente en el comportamiento de los distintos partidos. Este artículo, sin embargo, no pretende ser exhaustivo en el análisis de la nueva normativa; simplemente busca fijar posición en relación con algunos temas puntuales que generan mayores discrepancias y debates.
Empezaremos entonces por discutir la cuestión de la distribución pública de espacios de campaña en los medios audiovisuales. Esta medida posee un fuerte contenido igualador al correr al poder económico del partido (100o del candidato) del centro de la escena. En la próxima elección ya no será posible contratar espacios de manera privada, lo que favorece la igualdad de oportunidades para todas las fuerzas políticas. Esto, sin embargo, no quiere decir que a todas las listas les corresponderá la misma cantidad de minutos de publicidad. La ley establece que sólo el 50% de los minutos se deben distribuir equitativamente, en tanto que el otro 50% se debe distribuir en forma proporcional a la cantidad de votos obtenidos en la elección anterior. Asimismo, la nueva norma establece que la distribución de horarios y medios de transmisión de la publicidad electoral se realizará por sorteo público, permitiendo un reparto justo y trasparente. Este mecanismo echa por tierra cualquier especulación referida a la asignación de espacios de manera tendenciosa o arbitraria, en las franjas horarias y medios de comunicación más vistos.
De este modo, y en tiempos donde lo que no pasa por los medios “no existe”, la democratización de la distribución de espacios de difusión y la imposibilidad de “imponer” candidaturas por la fuerza del dinero constituyen un gran aporte.
La otra modificación en la que nos centraremos es la incorporación de las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (100PASO). La pregunta fundamental sería: ¿son necesarias o sólo constituyen un gasto innecesario y una “molestia” adicional para los votantes?
Para contestar la pregunta comenzaremos por el final. La democracia tiene costos, y en un país donde tantas veces, mediante gobiernos de facto o proscripciones, nos quitaron la posibilidad de elegir a nuestros representantes, hablar de gastos y molestias debería quedar desacreditado inmediatamente.
Ahora bien, ¿son necesarias? En un contexto donde los candidatos se van cayendo de a uno (100o dos, según la semana), ¿que sentido tiene hacer internas cuando parece haber un solo candidato por fuerza? Esta pregunta tan frecuente por estos días contiene dos vicios de origen que conviene clarificar.
Detrás de esta pregunta se encuentra el componente presidencialista que caracteriza a la política argentina. En las internas se eligen, además, los candidatos a cargos legislativos nacionales, lo que por lo general constituye un espacio de lucha interna mucho mayor para conformar las listas. Por otro lado, y aún cuando se termine dando un escenario donde exista una sola oferta por fuerza para todos los cargos, se pierde de vista el carácter estructural de la reforma.
Esta ley rige el marco de competencia electoral de 2011 en adelante, con lo cual, mantener este esquema aún cuando la coyuntura no lo justifique, implica una clara perspectiva de continuidad institucional. Aquellos que critican el supuesto cambio permanente de las reglas de juego deberían mirar más allá del presente año, a riesgo de desdecir todos sus postulados republicanos en contra del gobierno.
Entonces, ¿podemos afirmar que son necesarias? La respuesta es un rotundo SI. Y para terminar de comprender el valor intrínseco de las PASO resulta necesario conceptualizarlas por lo que son, y no solo por lo que podrían ser.
Las PASO son la garantía de última instancia de la democracia interna de los partidos. Un partido puede definir al interior de la fuerza sus candidatos y eso es perfectamente democrático. Pero puede pasar, y los ejemplos son innumerables, que varios candidatos aspiren a un mismo lugar, y allí es donde las internas abiertas juegan un rol fundamental. En el pasado, la imposibilidad de dirimir el conflicto interno terminaba, indefectiblemente, en el desmembramiento del partido. Con las internas, si bien esa posibilidad no se elimina completamente, se institucionaliza un mecanismo para zanjar la disputa sin menguar las fuerzas del espacio.
Luego de este breve repaso hay una reflexión que debería internalizarse a los fines de no confundirnos. La presente ley no hace otra cosa que poner en el centro de la escena a los partidos políticos. Esto no tiene como finalidad favorecer a ninguna facción en particular, ni atentar contra la continuidad de espacios de representación, ni muchos menos propiciar el bipartidismo. Simplemente, se busca dar total cumplimiento a lo dispuesto en nuestra Constitución Nacional. Aquellos que hacen de la calidad institucional y el respeto de la constitución su única bandera, deberían celebrar esta iniciativa.
Alejandro Alegretti