El proyecto iniciado el 25 de mayo de 2003 se define fundamentalmente por la democratización política, económica y social de la Argentina, generando equidad en la distribución del ingreso y del poder social. Este camino por la democratización se extiende a las normas que regulan la política, los partidos y las campañas electorales. El objetivo central de la Ley Nº 26.571 de “Democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral” es igualar las oportunidades de todas las fuerzas políticas, fortaleciendo a los partidos políticos y transparentando el funcionamiento de las campañas electorales. Es una legislación de avanzada, que retoma elementos implementados en distintos países de la región y del mundo, ajustados a la particular fisonomía político-institucional de nuestro país.
La modificación en el modo en que funcionan y se organizan los partidos políticos (100requisitos de creación y caducidad, mecanismos de selección de candidatos a ocupar cargos públicos, etc.), esquemas de financiamiento partidario y de campañas electorales, cambios en la administración y control del proceso electoral; son algunas de las modificaciones establecidas que han surgido, aspirando a mejorar la calidad de la representación y fortalecer nuestro sistema democrático.
Uno de los puntos más sobresalientes de esta reforma es el modo de selección de candidatos, ya que instaura un sistema de internas abiertas, obligatorias y simultáneas que consiste, básicamente, en que en un mismo día todos los partidos políticos que quieran presentarse a elecciones, deban definir sus candidatos en internas. De estas internas no sólo participarán los afiliados, sino que también podrán hacerlo todos los que estén empadronados.
En las democracias contemporáneas, los partidos políticos son los instrumentos con los que cuenta la ciudadanía para que sus intereses sean canalizados y representados. En este sentido, para que las democracias de partidos funcionen adecuadamente, es necesario que haya democracia en y entre los partidos. Esta innovación contribuirá a fortalecer y mejorar nuestro sistema de partidos, transparentándolos y haciéndolos más abiertos a la sociedad, a la vez que conferirá mayor legitimidad e idoneidad a los candidatos a ocupar cargos públicos, lo que en definitiva significará un importante avance en la calidad democrática de nuestras instituciones.
De manera sintética, identificamos las siguientes ventajas de la nueva Ley:
Además de todas estas ventajas, se impide a los partidos la presentación de candidatos a ocupar cargos públicos a personas procesadas por delitos de lesa humanidad y violaciones a los derechos humanos; se unifican los padrones masculino y femenino, promoviendo la igualdad de género y terminando con una división anacrónica; se regula la constitución de alianzas, confederaciones y fusiones y se incorporan nuevas tecnologías en distintas etapas del procedimiento (100como el Registro Nacional de Electores).
Si, bajo el esquema anterior, controlar el financiamiento y las relaciones con el entorno (100especialmente con la “superestructura”) eran los factores desequilibrantes en la definición de los candidatos, a partir de este nuevo diseño, la competencia, la comunicación y la posibilidad de hacer alianzas locales (100sin negar la importancia que aun conservarán los otros recursos) aumentan su peso relativo. Ahora hay que interpelar a la ciudadanía y no sólo al afiliado, lo cual obliga a una mayor y mejor comunicación de ideas y proyectos.
Cabe rechazar un argumento usualmente citado por quienes se oponen a implementar un sistema de estas características por considerarlo como una injerencia indebida a la vida interna de los partidos. Ante todo, es preciso señalar que la propia Constitución Nacional (100en su Artículo 34) garantiza la democracia interna partidaria. Asimismo, la interpretación jurídica predominante considera que los partidos políticos constituyen instituciones de carácter público y no privado, por lo que se deriva de ello que pueden –y deben- ser objeto de regulaciones normativas.
Por último, vale recordar que la legitimidad y reconocimiento de los partidos políticos como actores fundamentales de la democracia surge, de su capacidad para interpretar, recoger, representar y dar respuesta a las principales necesidades de la sociedad. En este sentido, gran parte de las explicaciones que buscan dar luz sobre la crisis de representación, ponen el foco sobre el debilitamiento de los partidos políticos para continuar con estas funciones primordiales de las democracias representativas. La brecha creciente entre representantes y representados no es zanjada por los partidos y estos son vistos cada vez más como entidades autorreferenciales y presas de lógicas de acumulación de poder ajenas a los problemas sociales. El sistema de internas abiertas, obligatorias y simultáneas conducirá a un mayor acercamiento y, así, a al fortalecimiento de los partidos. Por ello, lo que se pone en juego no es sólo mejorar la gobernabilidad del sistema político, sino que hacerlo a partir de los actores fundamentales de la democracia, organizaciones capaces de disputar espacios y discutir modelos de sociedad entre ellos y con otros representantes de intereses que generalmente impulsan sus objetivos por medios mucho más ocultos y de espalda a la ciudadanía.
Por todas las razones expuestas, entendemos que la Ley de “Democratización de la Representación Política, Equidad y Transparencia electoral” constituye un salto de calidad institucional que fortalecerá a los partidos políticos, reducirá la brecha entre representantes y representados y mejorará el funcionamiento de la democracia argentina.